ACTIVIDADES CREATIVAS PARA ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES EN GRANADA
El MEC convoca ayudas para el alumnado con necesidades educativas especiales con atención al alumnado con altas capacidades intelectuales hasta el 26 de septiembre. En Kreártika te asesoramos sobre cómo solicitarlas.
OBJETIVOS: Asistencia a programas específicos educativos fuera del colegio
DESTINATARIOS: Alumnos/as escolarizados en centros educativos españoles que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos.
REQUISITOS:
- Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayudas a conceder.
- Económicos.
DOTACIÓN: Hasta 913€ por curso escolar
Plazo de presentación de solicitudes:ABIERTO desde el 28 de julio de 2019 hasta el 26 de septiembre de 2019
ACTIVIDADES PROPUESTAS EN NUESTRA ESCUELA:
- DIBUJO, CÓMIC Y DISEÑO DIGITAL
- MULTITALLER CREATIVO
- CREATIVIDAD Y ARTES PLÁSTICAS
- DISEÑO DE VIDEOJUEGOS
Artículo 8. Cuantías asociadas a altas capacidades
1. Podrá concederse como única ayuda a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades intelectuales, una cantidad máxima de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.
2. Para la asignación de estas ayudas se observarán las siguientes reglas:
a) Todas las solicitudes de este tipo de ayuda deberán ser examinadas por el órgano de selección con objeto de que pueda formular, en su caso, propuesta de concesión, una vez tenidos en cuenta todos los elementos concurrentes y, especialmente, las posibilidades de prestación gratuita de los servicios necesitados por el candidato.
b) Las solicitudes que contengan petición de esta clase de ayudas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
1°.lnforme específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y el número de horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
2°. Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual. A los efectos de la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder, se considerará, como máximo, el coste devengado durante los 10 meses del curso escolar.